ESTADO
DE LIBERTAD
Constituía
el elemento esencial de la persona humana, quien no era libre no era
considerado persona, solo los hombres libres podían tener estado de ciudadanía
y de familia.
LA
ESCLAVITUD
Se
era esclavo por nacimiento, por cautividad o por pena, bajo el derecho Justiniano
tuvo algunas reformas:
1. No podía
contraer matrimonio, sus uniones eran de hecho no de derecho.
2.
No podía adquirir ni enajenar por cuanto no
tenía un patrimonio propio.
3.
No podía ser sujeto activo ni pasivo de
acciones judiciales.
4. No
era civilmente responsable de delitos, pero podía ser entregado a la víctima,
como reparación al daño.
MANUMISION
acto jurídico por el cual el amo o dueño da la
libertad a su esclavo.
El hombre libre desde el
instante de su nacimiento se llamaba INGENUO,
y tenía una condición jurídica y social superior a la del LIBERTO, que era el esclavo liberado.
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