jueves, 16 de julio de 2015

Incumplimiento de las Obligaciones

DEL EFECTO DE LAS OBLIGACIONES
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Inejecución de las obligaciones

El deudor debe satisfacer el objeto de la obligación, una vez que esta sea exigible. Se dice entonces que el deudor para, y loa obligación queda extinguida por este hecho.


INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES  

las obligaciones no se cumplen o ejecutan por tres razones.

1. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

E todo hecho imprevisto o independiente de la voluntad del deudor, que trae como consecuencia la imposibilidad de cumplir.

2. EL DOLO DEL DEUDOR

Son los actos u omisiones que llevan en si la intención de causar prejuicios al acreedor y que proceden como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones. Intensión dañosa

3. LA CULPA DEL DEUDOR

Es todo acto u omisión del deudor, sin intensión dañosa, puede ser por olvido o descuido.


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