OBLIGACIONES PROTERREM O ACCESORIAS
Las obligaciones accesorias, como su proprio nombre lo indica, eran aquellas que accedían a otra obligación llamada principal. De tal suerte que no se podían existir sino al lado de esta última.
Son aquellas que se utilizan para sufragar una obligación en común, ejemplo la propiedad horizontal, todos los copropietarios están obligados a pagar la cuota de administración.
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